Esta información la puede descargar en los siguientes formatos (incluidos formatos abiertos y reutilizables):
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Acceso a la información

El derecho de acceso a la información pública, regulado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, asiste a todas las personas debidamente identificadas a obtener información pública que incluye los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la norma indicada anteriormente y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, establece la regulación de los instrumentos necesarios para la transparencia administrativa y recoge, en su título III, las normas que rigen el derecho de acceso a la información pública, regulado y garantizado por la mencionada Ley 19/2013, de 9 de diciembre, que tiene el carácter de legislación básica estatal.

El órgano competente encargado de tramitar las solicitudes de acceso a la información en el Ayuntamiento de Telde corresponde al área de Gobierno de Recursos Humanos y Cultura, que incluye las áreas de Recursos Humanos, Bibliotecas, Participación Ciudadana, Asesoría Jurídica, Cultura y Juventud. El Seguimiento de dichas solicitudes de acceso corresponde al Secretario de Plenos.

Dirección: Plaza de San Juan, 11, 35218 Telde, Las Palmas.

Teléfono: 928 13 90 50

Responsable: Dª. Carmen Cecilia Batista Hernández

Correo electrónico: info@telde.es

Ejercicio del Derecho de Acceso a la Información.

El derecho de acceso información pública puede ejercerse a través de las siguientes vías:

Tramitación telemática:

Accede a la Sede electrónica del Ayuntamiento de Telde. Una vez dentro, en el buscador de trámites (parte superior derecha de la página” Solicitud de acceso a la información pública”  y selecciona el trámite.

Entrando en el diálogo interactivo del trámite que quiera realizar, a través del botón Iniciar trámite, de forma sencilla podrá presentar la solicitud. Está disponible las 24 horas, los 365 días del año.

ACCEDE A LA SEDE

Tramitación presencial

En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. y en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Ayuntamiento.

Correos

Remitiendo la solicitud, escrito o comunicación y la documentación adjunta a la siguiente dirección:

  • Ayuntamiento de Telde
  • Plaza de San Juan, 11
  • 35218 Telde, Las Palmas

Reclamación al Comisionado

¿Cuál es la forma y el plazo para la presentación de las reclamaciones?

Conforme al artículo 53 de la Ley, la reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado; es decir, la respuesta escrita de la administración al solicitante. En el caso de falta de respuesta, de silencio administrativo, el plazo para reclamar es indefinido, después de que haya pasado un mes desde la presentación de la solicitud. La reclamación es siempre gratuita.

El escrito de interposición de la reclamación, dirigido al Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, deberá contener:

  • La identificación de la persona interesada.
  • La indicación de la resolución expresa contra la que se reclama, o de la solicitud que ha sido denegada por silencio administrativo.
  • Los motivos por los que se reclama (no es obligatorio, pero puede ayudar a precisar las respuestas)
  • La dirección de contacto a la cual puedan dirigirse las comunicaciones a propósito de la reclamación.

A estos efectos puede ir al procedimiento en Sede Electrónica o descargar directamente el formulario de reclamación.

¿Dónde presentar las reclamaciones?

La reclamación podrá presentarse en el registro del comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en cualquiera de los lugares previstos para la presentación de escritos dirigidos a la administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; es decir, registros oficiales del Gobierno de Canarias, Cabildos y Ayuntamientos, principalmente.

También puede remitirse firmada y por correo a:

Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Edificio del Parlamento de Canarias
C/ Teobaldo Power, 7
38002 Santa Cruz de Tenerife

El Comisionado de Transparencia creó su sede electrónica, donde también se pueden presentar las reclamaciones.

¿Cómo se tramitan las reclamaciones?

Cuando la denegación del acceso a la información solicitada por el ciudadano a una administración se fundamente en la protección de derechos o intereses de terceros el Comisionado de la Transparencia otorgará, previamente a la resolución de la reclamación, trámite de audiencia a las personas que pudieran resultar afectadas para que aleguen lo que a su derecho convenga.

La resolución de la reclamación no se producirá en plazo superior a tres meses desde la fecha de entrada de la misma en el registro del comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

La resolución que se adopte por el Comisionado de Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública será en todo caso motivada, y podrá estimar o desestimar, en su totalidad o en parte, la reclamación presentada. Es plenamente ejecutiva y las administraciones  reclamadas están en la obligación de cumplirla o de recurrirla ante la Sala de los Contencioso de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Hacer reclamación

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    Departamento de destino*:

    Fecha de modificación: 06-07-2023